viernes, 10 de mayo de 2024

Valencia lidera Ocupación Hotelera en Abril con un 91,7%


 

La ciudad de Valencia ha liderado la ocupación hotelera en la Comunidad Valenciana con un 91,7% de ocupación en la segunda quincena de abril, según cifras de la patronal hotelera Hosbec. A nivel autonómico, este periodo ha provocado un cambio de ritmo en las cifras de ocupación y ha mejorado los primeros días del mes de tres a ocho puntos porcentuales.

En cuanto a las previsiones para el inicio del mes de mayo, Hosbec ha destacado que son “positivas” y se sitúan a en la mayoría de las zonas por encima del 70%, gracias en gran parte al puente de mayo de los residentes de la Comunidad de Madrid, que ha disparado estos días las ocupaciones de destinos de Benidorm y Valencia por encima del 85% del 1 al 5 de mayo, según ha indicado la patronal en un comunicado.

Por destinos, durante la segunda quincena de abril Benidorm (Alicante) ha anotado un 83,3%, al sumar 7,9 puntos a la anterior quincena. Por tanto, la media del mes que se sitúa en un 79,2%. Los turistas británicos se imponen sobre el mercado doméstico y anotan un 46,2%, frente al 39,7% del turista español. De este modo, el turista de origen internacional inclina la balanza con una representatividad del 60,3%. Muy lejos de la cuota británica, se encuentra el mercado irlandés con un 3,5%, belga 2,9% y neerlandés con un 2,7%.

Hosbec ha destacado que las reservas confirmadas en los sistemas de gestión de los hoteles para los primeros días de mayo rozan el 80%, mientras que del 1 al 5 de este mes las cifras se elevan al 85%.

En la zona de la Costa Blanca (sin incluir Benidorm) han mejorado los datos de la primera quincena del mes con un 77% de ocupación, lo que le permite cerrar abril con un 75,7%. Destaca el destino de Calpe, con un 76,4% de ocupación mensual.

El mercado doméstico se posiciona como el más voluminoso con un 46,1%, dejando un 53,9% a los turistas de origen internacional. De este último, encabezan la tabla el mercado británico con un 12%, el belga 6,9%, noruego el 5,5% y el francés con un 5,1%. En las siguientes posiciones, con representatividades entre el 3,5% y 2% se sitúa el neerlandés, alemán, irlandés, polaco y sueca.

El inicio de mayo se prevé “optimista”, puesto que ya cuenta con un 74,4% de reservas confirmadas, 5,3 puntos por encima de lo que se esperaba el año 2023 en las mismas fechas.

La provincia de Valencia, del 16 al 30 de abril, se ha anotado una ocupación del 87,3%, elevando en 6,8 puntos porcentuales los registros de los primeros quince días del mes, por lo que el balance entre ambas quincenas da como resultado un 83,7% de media mensual.

Mercados “perfectamente equilibrados”

El turismo doméstico y el internacional se encuentran “perfectamente equilibrados”, con un 50% de cuota total en los dos casos. Segmentando este último, se encuentran, con mayor representación sobre el total, el mercado italiano (6,8%), alemán (6%) y británico (5,3%). En las siguientes posiciones sobre el 3% de representatividad se sitúan el neerlandés y francés.

Las reservas confirmadas en los programas de gestión hotelera de cara a al inicio de mayo están al 79,7% en toda la provincia, siendo un comportamiento similar al del año 2023.

En la ciudad de Valencia, por su parte, el turismo internacional toma la delantera con un 66,6% de representación, siendo los visitantes italianos (10,1%) y británicos (9,2%) los que capitanean el listado de orígenes. Ha destacado la ocupación de los hoteles de cuatro estrellas, que anotan un 94,6% y empujan la ocupación quincenal del destino que logra un 91,7%. Para los primeros días de mayo ya cuenta con un volumen de reservas del 84%.

Castellón, al 63,6% de ocupación

Por su parte, en la segunda quincena de abril, la provincia de Castellón se sitúa en un 63,6% de ocupación media, lo que supone un crecimiento de 4,5 puntos porcentuales respecto a la quincena anterior y cierra el mes con un 61,4%.

El turista nacional continúa fiel a la provincia y en esta ocasión se sitúa en un 73,8%; mientras que el 26,2% restante pertenece al turismo internacional, encabezado por el mercado francés con un 8,3%, seguido por el alemán con un 2,6%, el italiano (2,2%) y el británico (2,1%) Tras estos, con entre un 2% y 1% de representatividad, están los mercados coreano, rumano, belga, portugués y neerlandés.

Para los días del 1 al 15 de mayo ya se cuenta con un volumen de reservas confirmadas del 63%, pero todavía se espera que se puedan mejorar los datos de la quincena con las reservas de última hora.

viernes, 5 de abril de 2024

¿Conoces tus derechos si tu Vuelo se retrasa en Semana Santa?

Si su vuelo se retrasa durante la Semana Santa, es importante que conozca sus derechos como pasajero para asegurarse de recibir la asistencia y compensación adecuadas.

En estos casos, existen indemnizaciones automáticas de acuerdo al  Reglamento Europeo Nº 261/2004. En dicho reglamento, se estableció finalmente que los vuelos retrasados constituyen situaciones molestas para los pasajeros y pueden causarles grandes inconvenientes que necesitan ser indemnizados.

A continuación se proporciona información útil al respecto:

  1. Derecho a la información: La compañía aérea está obligada a proporcionar información clara y precisa sobre las causas del retraso y el tiempo estimado de salida. También debe ofrecer información sobre sus derechos como pasajero, incluyendo la posibilidad de reclamar una compensación.
  2. Derecho a la asistencia: Si el retraso es superior a dos horas, la compañía aérea debe ofrecer asistencia, como comida y bebida, acceso a llamadas telefónicas y correos electrónicos, y alojamiento si es necesario. Si el retraso es superior a cinco horas, también tiene derecho a cancelar su vuelo y obtener un reembolso completo.
  3. Derecho a la compensación: Si el retraso es causado por la compañía aérea (por ejemplo, por problemas técnicos o de personal), puede tener derecho a una compensación financiera adicional. La cantidad de la compensación depende de la duración del retraso y la distancia del vuelo. Tenga en cuenta que si el retraso se debe a circunstancias extraordinarias, como mal tiempo o huelgas, la compañía aérea no está obligada a ofrecer compensación.
  4. Reclamación de compensación: Si cree que tiene derecho a una compensación, debe presentar una reclamación a la compañía aérea. La mayoría de las compañías tienen formularios de reclamación en línea que puede completar, y algunas también tienen números de teléfono para consultas.

En el Reglamento Europeo se recoge:

Vuelo retrasado

En caso de que llegase a su destino final con 3 o más de 3 horas de retraso, tendría derecho al reembolso o a un transporte alternativo. La aerolínea debe ofrecer la posibilidad de elegir, bien el reembolso del coste del billete, bien la conducción hasta el destino final en condiciones comparables.

Si la compañía no ofrece un transporte alternativo y decide viajar por su cuenta, tiene derecho a que se le reembolsen los gastos en que haya incurrido para poder llegar a su destino. La cuantía oscilará entre 250 y 600€, en función de la distancia del vuelo, a menos que la aerolínea pueda probar que el retraso fue debido a circunstancias extraordinarias. Además, la compañía también deberá ofrecer asistencia en caso necesario (hotel, transporte hasta el hotel, comida, bebida, llamadas telefónicas).

¿Qué son las circunstancias extraordinarias?

En el Reglamento Europeo nº 261/2004 se estipula que si la aerolínea no es responsable del retraso o cancelación del vuelo, no está obligada a compensar a sus pasajeros. Las “circunstancias extraordinarias” eximen, por tanto, a las compañías del pago compensatorio.

Aquí tiene algunos ejemplos:

  • Restricción del espacio aéreo
  • Cierre del aeropuerto
  • Inestabilidad política
  • Riesgos de seguridad inevitable
  • Huelgas del personal del aeropuerto
  • Colisión de pájaros con el motor del avión
  • Condiciones climáticas adversas

En resumen, si su vuelo se retrasa durante la Semana Santa, es importante que conozca sus derechos como pasajero y los haga valer si es necesario. Recuerde que la compañía aérea está obligada a proporcionar información y asistencia, y que puede tener derecho a una compensación financiera adicional si el retraso es causado por la compañía aérea.

Wings to Claim le ayudará a obtener la máxima indemnización asegurada

En cualquiera de estos casos, si la compañía aérea se negase a ello, se puede presentar una reclamación judicial. Si tiene problemas con su vuelo sólo tiene que hacer clic en Wings to Claim, dedicar 2 minutos a seguir los pasos y subir su tarjeta de embarque. Y nuestros compañeros se pondrán en contacto con usted en un plazo de 12 horas el mismo día. Y le ayudarán a subir los documentos necesarios de manera gratuita y con seguridad hasta que reciba la indemnización de la compañía aérea.

Wings to Claim le ayudará a obtener la máxima indemnización asegurada hasta más de 4000 euros por cada persona. Llame gratis a Wings to Claim al 963 21 51 24 o escríbanos a atencionalcliente@wingstoclaim.com y cuéntenos su caso.

 

viernes, 5 de enero de 2024

Huelga de Compañías Aéreas


¿Cuándo puedo reclamar el retraso o la cancelación de mi vuelo?

Es comúnmente sabido que, en épocas de alto tránsito aeroportuario, como precisamente en la época que se acerca, las Navidades, los trabajadores de las aerolíneas convocan huelgas que saben que afectarán de forma importante a la compañía aérea, aumentando de esta forma su poder de negociación.

Esto genera un impacto directamente sobre los pasajeros, quienes, habiendo comprado su billete con antelación, pueden encontrar variaciones en su hora de despegue o incluso la cancelación de su viaje navideño.

Las graves consecuencias que estos retrasos y cancelaciones traen consigo para los pasajeros, quienes en el último momento ven peligrar su vuelta a casa o su escapada navideña, no serán gratuitas para las aerolíneas, pero hay ciertos aspectos a tener en cuenta.


¿PUEDEN RECLAMARSE COMPENSACIONES SIEMPRE QUE HAY UNA HUELGA?

En este tipo de asuntos, debemos diferenciar entre dos tipos de huelgas, las del personal del aeropuerto (controladores aéreos, seguridad, otros trabajadores) y las de la propia compañía, cuando quien convoca la huelga es la tripulación y los trabajadores de la aerolínea.

  • El primero de los casos, LAS HUELGAS AJENAS A LAS AEROLÍNEAS, se contemplan como CIRCUNSTANCIA EXTRAORDINARIA, siendo lo dispuesto en el art 14 del Reglamento CE, por lo que no podremos solicitar la compensación, PERO SÍ QUE PODEMOS RECLAMAR EL REEMBOLSO DEL PRECIO DEL BILLETE NO DISFRUTADO en caso de que LA HUELGA HAYA OCASIONADO LA CANCELACIÓN DEL VUELO.
  • La segunda modalidad de huelga, es la que nos interesa principalmente en este artículo y es LA HUELGA INTERNA DE LA AEROLÍNEA. Debido a la previsibilidad para la compañía aérea, este tipo de huelga se verá excluida de las causas apreciadas como circunstancias extraordinarias del mencionado art. 14 del Reglamento, y se considerará MOTIVO DE COMPENSACIÓN ECONÓMICA, avalado por la jurisprudencia europea y la de nuestros tribunales. Por lo tanto, PODREMOS RECLAMAR LA COMPENSACIÓN Y LOS GASTOS OCASIONADOS POR LA INCIDENCIA.

Es decir ¿LOS RETRASOS Y CANCELACIONES QUE SE PRODUZCAN POR HUELGAS INTERNAS DE LA COMPAÑÍA PODRÁN RECLAMARSE SIEMPRE?

Sí, siempre que existan retrasos o cancelaciones en fechas en las que la compañía aérea tenga convocada una huelga interna, podremos realizar reclamar lo que corresponda como compensación por los daños, tanto materiales como morales, sufridos por la incidencia.

Esto nos puede llevar a preguntarnos

 ¿CUÁL ES LA CUANTÍA EXACTA A RECLAMAR?

La respuesta variará según las circunstancias concretas de cada caso, pero sí que podemos asegurar ciertas COMPENSACIONES, ESTABLECIDAS EN EL REGLAMENTO CE 261/2004, y serán las siguientes:

  • 250.-€ PARA RETRASOS DE MÁS DE TRES HORAS Y CANCELACIONES, cuando la distancia del vuelo sea inferior a 1500 km.
  • 400.-€ PARA RETRASOS SUPERIORES A TRES HORAS Y CANCELACIONES, cuando la distancia de vuelo sea superior a 1500km y 3000 km.
  • 600.- € PARA RETRASOS SUPERIORES A TRES HORAS Y CANCELACIONES, cuando la distancia del vuelo sea superior a 3000 km.

A las anteriores cantidades AÑADIREMOS CUALQUIER GASTO OCASIONADO POR LA INCIDENCIA FRUTO DE LA HUELGA. Como ejemplos de estos gastos podemos mencionar, entre otros: el precio de los nuevos vuelos comprados, los gastos de alimentación y hospedaje que no haya cubierto la compañía aérea durante el tiempo de espera, las noches de hotel contratadas y no utilizadas en el lugar de destino, cualquier excursión, entrada a concierto, museo o espectáculo, adquirida previamente a cancelación o retraso y que ya no podrá ser disfrutada, etc.

¿QUÉ NECESITARÉ PARA PROCEDER CON LA RECLAMACIÓN?

Es indispensable contar con:

  • LA RESERVA DE LOS BILLETES DE AVIÓN, Y EN SU CASO LA TARJETA DE EMBARQUE (cuando nos encontremos ante un retraso).
  • FACTURAS Y/O TICKETS, que acrediten el desembolso de cualquier gasto adicional y la fecha del mismo.
  • DNI o NIE

Es opcional, pero siempre aumentará las posibilidades:

  • CUALQUIER COMUNICACIÓN DE LA AEROLÍNEA INFORMANDO DE CANCELACIONES O RETRASOS
  • OTROS documentos relacionados con el asunto (correos electrónicos de la aerolínea, facturas de los billetes de avión, etc.)

¿CUAL SERÁ LA MEJOR FORMA DE ACTUAR?

Si tienes dudas de qué tipo de huelga ha afectado a tu vuelo, o bien quieres saber qué reclamar y la cuantía concreta, lo mejor es PONERSE EN CONTACTO CON PROFESIONALES.

Nosotros te ayudaremos y guiaremos en el proceso, gracias a nuestro equipo de abogados especialistas en derecho aéreo. Resolveremos todas tus dudas y cuestiones, procediendo a analizar el asunto, comprobando el tipo de huelga ante el que nos encontramos, la viabilidad de la reclamación, la idoneidad de los documentos aportados y la cuantía máxima reclamable en el caso concreto. Tanto la consulta como la reclamación serán sin coste alguno, por lo que ante cualquier duda la opción más conveniente será la reclamación asesorada.


 

jueves, 23 de noviembre de 2023

Propuestas de Viaje en la Comunidad Valenciana

 


¿Necesitas ideas con las que empezar a planear tu próxima escapada a la Comunitat Valenciana? Tenemos la herramienta que necesitas para encontrar lo que estás buscando.

 

Las propuestas de viaje que te proponemos te pueden ayudar a encontrar desde fantásticos hoteles de playa junto al Peñón de Ifach a alojamientos rurales llenos de encanto, en antiguas casas y masías por el interior de Castellón, ¡perfecto para una escapada en busca de rutas senderistas que atraviesen preciosos paisajes! 

Pero no solo eso, te podemos ayudar a encontrar actividades y planes y los profesionales que los organizan. ¡Utiliza nuestro cómodo buscador por provincia y encuentra propuestas realmente interesantes!

Empresas de servicios en la Comunitat Valenciana

¿Qué propuesta de viaje por la Comunitat Valenciana estás buscando? ¿Quizá algún lugar donde aprender los secretos de la paella? ¿O quieres probar a ser apicultor por un día o tener una experiencia de agroturismo

Quizá la inspiración que estás buscando tiene que ver con grandes productos de nuestro territorio, como el turrón o el calzado. Simplemente consulta con nuestro buscador y te encontrará interesantes propuestas de visitas y actividades de la mano de empresas de servicios de la Comunitat Valenciana 

Turismo activo y golf en la Comunitat Valenciana

Otras de las actividades que puedes realizar en la Comunitat Valenciana organizándolo con nuestro buscador de propuestas de viaje es el golf, un verdadero placer que disfrutarás en campos llenos de encanto y con todos los servicios. 

Para los más aventureros hemos preparado propuestas de turismo activo, como las que te pueden acompañar a hacer rafting en Montanejos o divertidos deportes acuáticos en la costa de Alicante. 

Otras propuestas de viaje en la Comunitat Valenciana

Las propuestas de viaje en la Comunitat Valenciana también incluyen empresas de servicios dispuestas a organizar para ti una cata o un maridaje, tanto de vino como de aceite, o que te proporcionen guías expertos que te ayuden a conocer mejor nuestros tesoros e historia. 

Con ellas además sabrás más sobre nuestros museos, podrás apuntarte a planes de deportes náuticos, recorrer espacios naturales y playas o incluso encontrar rutas para BTT o parques de ocio para pasar un día en familia. Avistamiento de pájaros o birdwatching, cervezas artesanales, rutas muy especiales… ¡nuestras propuestas de viaje te ayudan a conseguir experiencias inolvidables! 


En DELICIAS VIAJERAS estamos para asesorarte en todo lo que necesites, también te brindaremos una amplia Carta de Experiencias de la Comunidad Valenciana, para poder visitar nuestro Territorio Valenciano y recorrerlo en familia, amigos, en pareja o tú solo/a, como mejor lo desees. 

Contactanos: Tfno. 685541306 o vía mail: jsanchis37@gmail.com

Estamos en Calle Daroca, Nº 41 de Llutxent (Valencia).






sábado, 30 de septiembre de 2023

3 Problemas y Soluciones en tu Viaje en Avión

 



1. Si tu vuelo cancela

Cancelaciones: si has sido informado de la cancelación con menos de 14 días antes de la salida del vuelo.

Tienes derecho a una compensación entre los 250 a 600€ en función de la distancia (km) del trayecto. Cabe la posibilidad de pedir el reembolso del billete si el pasajero decide no continuar con el viaje ante los cambios surgidos. Además, también cabe la posibilidad de pedir la devolución de gastos que se hayan ocasionado, así como una compensación por daños morales y económicos (comidas en el aeropuertos, reservas de hotel perdidas y ya abonadas, etc…)

2. Si tu vuelo retrasado

Vuelo retrasado

En caso de que llegases a tu destino final con 3 o más de 3 horas de retraso, tendrías derecho al reembolso o a un transporte alternativo. La aerolínea debe ofrecerte la posibilidad de elegir, bien el reembolso del coste del billete, bien la conducción hasta el destino final en condiciones comparables. 

Si la compañía no te ofrece un transporte alternativo y decides viajar por tu cuenta, tienes derecho a que se te reembolsen los gastos en que hayas incurrido para poder llegar a tu destino. La cuantía oscilará entre 250 y 600€, en función de la distancia del vuelo. 

Solución: Si pierdes el vuelo de conexión porque tu primer vuelo salió con retraso, debes reclamar a tu aerolínea. Es importante que conozcas tus derechos como pasajero; la aerolínea tiene la obligación de ofrecerte otro vuelo alternativo, lo más pronto posible, además de asistencia en el aeropuerto (comidas, taxi, incluso si necesitases alojamiento). Puedes conocer toda la información aquí.

Consejos: Guarda toda la documentación de tu viaje. Estos documentos (tarjetas de embarque, correos con la aerolínea…)son pruebas necesarias en caso de que tengas que pasar por vía judicial.

3. Si tienes problemas con tus maletas

El problema con la maleta en el aeropuerto es una posibilidad con la que contamos cada vez que cogemos un vuelo. Es más, puede resultar más que un inconveniente cuando llegamos al aeropuerto de destino, esperando desconectar. 

Normalmente la aerolínea tratará de no compensarte el daño generado. Para realizar la reclamación por los inconvenientes causados por la pérdida, retraso o daño de la maleta, debes presentar una reclamación a abogados especialistas en la que deberás adjuntar tu copia del PIR, de acuerdo a los siguientes plazos establecidos en el Convenio de Montreal:

Daños en el equipaje: tienes 7 días desde la recepción del equipaje.

Retraso del equipaje: hasta 21 días desde la fecha en que deberías haber recibido el equipaje.

  • La indemnización podrías ser de hasta 4.000€.
  • Indemnización por gastos ocasionados: A la compensación por día de equipaje perdido (aprox. 70€) se puede añadir los gastos derivados de no disponer de la maleta, como: compra de útiles de aseo, ropa, etc. Se deben acreditar con tickets y facturas.
  • Indemnización por daños y perjuicios: Además, se puede y debe justificar un daño y perjuicio por las molestias ocasionadas: no disponer de ropa en una reunión importante, no disponer de la maleta durante las vacaciones, pérdida de medicinas, etc.

Pérdida del equipaje: No hay límite establecido en el Convenio, pero se recomienda realizar la reclamación lo antes posible, una vez transcurridos los 21 días durante los cuales la maleta ha estado “retrasada”, o después de que la compañía aérea haya confirmado que el equipaje está perdido.

El aeropuerto se encarga de localizar el equipaje en los primeros 5 días de la pérdida. Después de este período, si aún no han sido localizados, el Departamento de Objetos Perdidos de la compañía aérea se hará cargo de realizar una investigación durante los siguientes 21 días.

Solución: Si tu maleta no ha aparecido en la cinta de equipaje, deberás dirigirte al mostrador de tu aerolínea y pedir el documento PIR ( Parte de Irregularidad de Equipajes ). Este documentos es necesario para poder reclamar su pérdida más tarde. Conoce tus derechos como pasajero si pierden tu maleta,aquí.

Consejos: Etiqueta bien tu maleta y pon algo que la distinga y la haga reconocible para que nadie se la lleve por error. Lleva tus objetos de valor en el equipaje de mano y pon una muda de recambio en tu bolsa de mano por si acaso. Asegúrate también de que la persona que factura tu maleta pone el destino correcto en la etiqueta.

Despacho de abogados

En los problemas de vuelos, podrías necesitar asesoramiento de un profesional. En Wings to Claim hacemos valer tus derechos como pasajero y te ayudamos a gestionar tus problemas antes la aerolínea o cualquier duda que tengas en tu viaje. Puedes contactar con nosotros, de forma gratuita, a través de nuestro teléfono 963 21 51 24 o escribiendo en atencionalcliente@wingstoclaim.com

martes, 18 de julio de 2023

Se espera Verano con Cancelación de unos 1700 Vuelos

 EasyJet cancelará unos 1700 vuelos este verano

La aerolínea EasyJet ha anunciado la cancelación de aproximadamente 1.700 vuelos este verano debido a los desafíos en el funcionamiento del Control del Tráfico Aéreo (ATC) en Europa. La mayoría de las cancelaciones se llevarán a cabo entre julio y septiembre en el aeropuerto de Gatwick, al sur de Londres, y afectarán a alrededor de 180.000 pasajeros, aunque la mayoría han sido reubicados en vuelos alternativos.

El espacio aéreo europeo está enfrentando problemas debido a las huelgas de controladores aéreos, la falta de personal y las restricciones impuestas como resultado de la guerra en Ucrania.



EasyJet ha mencionado que actualmente opera hasta 1.800 vuelos al día y transporta aproximadamente a 250.000 clientes diarios, contando con más pilotos y personal de cabina que nunca antes. La aerolínea revisa constantemente sus vuelos y ha realizado ajustes para reducir los desafíos externos que enfrentan sus clientes durante el viaje, consolidando algunos vuelos en el aeropuerto de Gatwick.

La compañía asegura que está informando a los pasajeros afectados y que el 95% de ellos ya ha sido reubicado en vuelos alternativos. Además, se les ofrece la opción de volver a reservar o solicitar un reembolso. EasyJet enfatiza que las cancelaciones no se deben a la falta de personal en la aerolínea, a diferencia de lo que sucedió el año pasado.

La aerolínea reconoce las difíciles condiciones que enfrenta todo el sector de la aviación este verano, como los retrasos sin precedentes en el ATC y las perspectivas de más huelgas de controladores, debido a la guerra en Ucrania, según lo indicado por Eurocontrol, la agencia encargada de gestionar el espacio aéreo europeo.

¿Cómo reclamar a EasyJet  el Reembolso de vuelo?

Si tras estudiar el caso, la aerolínea es la responsable, se podrá reclamar al menos a EasyJet el reembolso del vuelo.

Legalmente tanto las aerolíneas como las agencias de viaje están obligadas, como mínimo, a devolver el coste del billete cancelado y la indemnización de 250 a 600€.

Si el pasajero está de acuerdo, la compañía aérea puede reubicarlo en otro vuelo o cambiar el billete por un bono canjeable en un futuro. Pero, si el pasajero decide que prefiere el reembolso, EasyJet estará obligada a devolver el coste del billete.

¿Hay derecho a indemnización si sufre una cancelación o retraso de vuelo por parte de EasyJet ?

La indemnización de 250 a 600€ se reclama a EasyJet cuando sea la culpable.

En ese caso deberá reclamar una indemnización a EasyJet  por el mismo importe:

  • Si el vuelo cancelado o retrasado, NO se considera circunstancia extraordinaria.
  • Si EasyJet avisa al pasajero con menos de 14 días de antelación de cualquier cambio de horario o de vuelo.
  • Si el vuelo se ha retrasado 3 horas o más hasta llegar a su destino final.

Documentos que se deben conservar para reclamar los derechos.

En todos los casos anteriores, es muy importante disponer de distintos documentos para poder actuar por la vía judicial:

  • Conservar siempre tanto la reserva como las tarjetas de embarque de todos los vuelos.
  • Conservar el comunicado de la cancelación de vuelo por parte de la compañía, en caso de que lo haga.

El despacho Wings to Claim es el encargado de defender los derechos de los pasajeros ante incidencias aéreas (retrasos, cancelaciones, overbooking, problemas con el equipaje, etc.), y ofrece su servicio de manera personalizada según los intereses y preferencias de cada usuario a través de su página webcorreo electrónico, WhatsApp y redes sociales.

sábado, 6 de mayo de 2023

Huelgas de Aerolineas en mayo 2023

 



Huelga de Air Europa en España

Los pilotos de Air Europa han comenzado una huelga que se extenderá durante los días 2, 4 y 5 de mayo en todas las bases y centros de trabajo en España.

La huelga ha sido convocada por el Sindicato Español de Pilotos de Líneas Aéreas (Sepla) debido al bloqueo de las negociaciones del V Convenio Colectivo y en demanda de incrementos salariales. Durante el período de la huelga, 618 pilotos están convocados para 647 vuelos con origen o destino en España, y 18 vuelos se han visto afectados, principalmente desde el aeropuerto de Madrid, así como otros destinos internacionales.

El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana ha establecido servicios mínimos del 50% al 77% para los vuelos nacionales hacia o desde las Islas Canarias y Baleares, del 38% al 53% para los vuelos internacionales y nacionales con un tiempo de desplazamiento en transporte público superior a cinco horas y del 22% al 34% para el resto de los vuelos domésticos peninsulares.

El sindicato Sepla ha anunciado que demandará al Ministerio ante la Audiencia Nacional al considerar “desproporcionados” los servicios mínimos establecidos, mientras que la aerolínea ha reforzado sus servicios de atención al cliente y ha afirmado estar abierta a continuar las negociaciones con los pilotos. Sin embargo, la compañía ha afirmado que atender las reivindicaciones salariales de los pilotos pondría en peligro el plan de viabilidad de la empresa, necesario para afrontar la devolución de las ayudas públicas recibidas a través de la SEPI y los préstamos del ICO.

Plazos para reclamar una indemnización

Dado que se trata de una huelga de personal de la aerolínea, la jurisprudencia entiende que tales causas de fuerza mayor no son extraordinarias. Por lo tanto, la aerolínea está obligada a indemnizar a los pasajeros.

No hay unos plazos estipulados para reclamar a la aerolínea por cancelaciones o retrasos por huelga. El pasajero tiene derecho a reclamar hasta 5 años atrás.

Los afectados siempre tienen derecho al reembolso íntegro del billete «en siete días», o a un transporte alternativo hasta el destino final, según lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento 261/2004. Además, no sólo tendrían derecho a esa compensación, sino que también se reclamarán los gastos ocasionados de la incidencia aérea, tales como noches de hotel, transporte, entradas de ocio, etc.

Sin embargo, la aerolínea no tiene que entregar dichas compensaciones si:

-Informa al usuario de la cancelaciónal menos con dos semanas de antelación con respecto a la hora de salida prevista.
-Informa de la cancelación con una antelación de entre dos semanas y siete díascon respecto a la hora de salida prevista.
-Ofrece un transporte alternativoque le permita salir con no más de dos horas de antelación con respecto a la hora de salida prevista y llegar a su destino final con menos de cuatro horas de retraso con respecto a la hora de llegada prevista.

Cuantías de la indemnización

Los pasajeros pueden reclamar a las compañías indemnizaciones de entre 250 y 600 euros. La cuantía depende, en este caso, de la distancia entre origen y destino.

En un vuelo de hasta 1.500 kilómetros, la compensación es de 250 euros. Si el viaje está entre 1.500 kilómetros y 3.500 kilómetros, asciende a 400 euros. Es a partir de los 3.500 kilómetros cuando la firma está obligada a pagar 600 euros a las víctimas de las cancelaciones.

Mientras dure la demora del viaje, la aerolínea deberá facilitar comida y bebida, dos llamadas telefónicas o acceso al correo electrónico, alojamiento en un hotel (con sus respectivas comidas) si es necesario pernoctar y transporte del aeropuerto al hotel. En caso de que la empresa no se hiciese cargo de los gastos, los viajeros deben guardar los recibos para posteriormente reclamarlos.

Valencia lidera Ocupación Hotelera en Abril con un 91,7%

  La ciudad de  Valencia  ha liderado la ocupación hotelera en la Comunidad Valenciana con un  91,7% de ocupación en la segunda quincena de ...

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